TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la si- guiente O R D E N A N Z A Nº 21 ------------------------------ ARTICULO 1º.- Créase el régimen Municipal para el estímulo a la producción artística, ------------------ literaria y cultural en general, dentro del Partido de Balcarce, cuyos li- neamientos se ajustarán a la presente Ordenanza y sus normas reglamentarias.----------- ARTICULO 3º.- El Ente administrativo del régimen será la Dirección Municipal de Cul- ------------------ tura, que a estos efectos designará Asesores "ad-hoc" para el control y ejecución del sistema, así como jurados adecuados. La constitución de los jurados y del cuerpo asesor, se hará sobre la base de personas del Partido o externas al mismo, con reconocida capacidad y trayectoria en las materias específicas que sean objeto del estímulo.-------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 3º.- En forma anual se instituirán premios, diplomas, menciones y colabora- ------------------ ciones especiales que serán incorporadas en el Proyecto de Presu- puesto General de Gastos de la Municipalidad y administrados por el Departamento Eje- cutivo a través de la Dirección de Cultura. Sin perjuicio de los amplios márgenes de va- riedades de rubros a estimular que podrán ser sugeridos por el Departamento Ejecutivo, institúyense los siguientes:--------------------------------------------------------------- a - Ensayos históricos sobre Balcarce, zona sudeste y Provincia de Buenos Aires.- b - Prosa y poesía.- c - Teatro. Obras y análisis críticos.- d - Novelas, cuentos y relatos.- e - Ensayos literarios en general.- f - Música en general.- g - Folklore Nacional, nativismo y danzas, en especial sureño.- h - Pintura y dibujo.- i - Escultura.- j - Alfarería, cerámica y artesanías varias.- ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo establecerá la cantidad de premios, men- ------------------ ciones o colaboraciones y el importe o cantidad de los mismos, para cada especialidad y la reglamentación particular de cada paso. Dispondrá también la edi- ción de las obras, exposiciones o formas de difusiones adecuadas de los premios conce- didos dentro de las reglamentaciones específicas que se dicten en cada materia y con a- fectación a los recursos globales establecidos. ------------------------------------------ ARTICULO 5º.- Podrán aspirar a estos premios, menciones o colaboraciones especia- ------------------ les, los autores nativos, los con una residencia mínima de dos años en Balcarce, o aquellos que sean indicados en las reglamentaciones especiales, cuando los concursos se amplíen del marco del Partido, al regional, provincial o nacional.---------- ARTICULO 6º.- Las obras de la producción artística, literaria y cultural acreedores a ------------------ premios, menciones o colaboraciones especiales, deberán ser inéditas. ARTICULO 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efeectos.-------------- ------------------ Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a treinta días del mes de agosto de mil novecientos setenta y tres. FIRMADO: Lidia G. de Camino - Vicepre- sidente 1º - María Elena Paganini - Secretaria.-----------------------------------------